# Constituye tu S.L.

https://melso.ai/tramites/constituir-sl

Melso y sus profesionales constituyen tu sociedad limitada: reservamos el nombre, preparamos los estatutos, coordinamos la firma ante notario y tramitamos la inscripción. Tú sigues y apruebas cada paso en la app.

- Precio: 750 €
- Socios: Uno o varios
- Capital: Desde 1 €
- Recibes: Escritura inscrita y NIF

Una S.L. se constituye con escritura pública ante notario e inscripción en el Registro Mercantil. Desde la Ley 18/2022 basta 1 € de capital, pero por debajo de 3.000 € se aplican una reserva legal reforzada y la responsabilidad solidaria de los socios en una liquidación.

## Lo esencial

- Capital mínimo: 1 € (art. 4.1 LSC); por debajo de 3.000 €, reglas especiales (art. 4.1 LSC)
- Pasos: Nombre, capital, escritura, NIF, inscripción y alta de la actividad
- Plazo para inscribir: 2 meses desde la escritura (art. 32 LSC)
- Impuesto de la constitución: Exenta de ITP/AJD (art. 45.I.B).11 TRLITPAJD)

## ¿Para quién es?

**Es para ti si**

- Quieres limitar tu responsabilidad a lo que aportas y separar tu patrimonio del del negocio.
- Vas a emprender con socios, personas o empresas, con los porcentajes que acordéis.
- Emprendes solo: puedes constituir una sociedad limitada unipersonal (S.L.U.).
- Quieres empezar con poco capital: desde 1 €, con las reglas que eso conlleva.

**No es para ti, o cambia, si**

- Con menos de 3.000 € de capital, al menos el 20 % del beneficio va a reserva legal hasta que, con el capital, sume 3.000 €, y en una liquidación los socios responden solidariamente de la diferencia. (Base legal: Art. 4.1 LSC)
- Hasta la inscripción, la sociedad está en formación: socios y administradores pueden responder solidariamente de los actos hechos en su nombre. (Base legal: Art. 32 LSC)
- El administrador con funciones de dirección y una participación relevante cotiza en el RETA como autónomo societario, con una base mínima definitiva de 1.424,40 €/mes en 2026. (Base legal: Art. 305.2.b LGSS; Orden PJC/297/2026)
- Si una persona física con más del 50 % del capital ejercía la actividad el año anterior, la sociedad no aplica el 15 % de entidad de nueva creación. (Base legal: Art. 29.1 LIS)

## Qué necesitas

Lo que suele pedir el notario, o el PAE si la constituyes por vía telemática.

- DNI o NIE de cada socio y administrador
- Hasta cinco denominaciones, por orden de preferencia
- Certificación negativa de denominación del Registro Mercantil Central
- Certificado bancario del depósito del capital
- Estatutos sociales
- Domicilio social y objeto social
- Aceptación del cargo de administrador
- Poder notarial, si un socio no firma en persona

## Paso a paso

En Pro y Plus, los profesionales de Melso presentan las declaraciones incluidas después de que apruebes la versión exacta en la app; no las presentas tú en la web de la AEAT. El alta de autónomo y constituir una S.L. son gestiones aparte, con su propio precio, que hacen los profesionales tras tu autorización. La API y el MCP preparan datos, borradores y, cuando existe, el fichero de importación; no aprueban ni presentan. Una gestoría con la consola de Melso presenta las declaraciones de sus clientes. Solo el justificante oficial acredita la presentación.

[API para Hacienda](https://melso.ai/api)

1. Reserva la denominación. Pide al Registro Mercantil Central una certificación negativa con hasta cinco nombres. El nombre queda reservado 6 meses y la certificación vale 3 meses para otorgar la escritura.
2. Abre la cuenta y deposita el capital. A nombre de la sociedad en constitución. El banco emite un certificado de depósito, válido 2 meses.
3. Prepara los estatutos. Socios, capital y participaciones, objeto social, domicilio y órgano de administración. Con estatutos tipo puedes usar la vía telemática de CIRCE.
4. Firma la escritura ante notario. Recoge los estatutos, el capital, los socios y los administradores. CIRCE agiliza la tramitación, pero no elimina la escritura.
5. Pide el NIF provisional. Con el modelo 036 (casilla 110), dentro del mes siguiente a la constitución y siempre antes de empezar a operar. El notario o el PAE pueden tramitarlo.
6. Inscribe la sociedad en el Registro Mercantil. Dentro de los 2 meses siguientes a la escritura. Hasta entonces, la sociedad está en formación.
7. Obtén el NIF definitivo y da de alta la actividad. Con un 036 de modificación (casilla 120) y la certificación registral. Comunica la actividad, el IVA, el Impuesto sobre Sociedades y las retenciones, y da de alta al administrador en el RETA si corresponde.

## Costes y tasas oficiales

Lo que fijan las normas. Los honorarios y aranceles de notaría y registro llevan además un 21 % de IVA.

| Concepto | Importe | Base legal o fuente |
| --- | --- | --- |
| Capital social | Desde 1 €; no es un gasto, queda en la sociedad | Art. 4.1 LSC; Ley 18/2022 |
| Notaría y registro por vía telemática, con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 € | 60 € notario y 40 € registrador, más IVA | Art. 5.Dos.c RDL 13/2010 |
| Notaría y registro por vía telemática, en general | 150 € notario y 100 € registrador, más IVA | Art. 5.Uno.g RDL 13/2010 |
| Constitución por la vía ordinaria | Arancel según la cuantía y los folios, más IVA | Aranceles de notarios y registradores |
| ITP/AJD, operaciones societarias | 0 €: la constitución está exenta | Art. 45.I.B).11 TRLITPAJD |
| Publicación en el BORME | Sin tasa en la constitución telemática | Art. 15.9 Ley 14/2013 |
| IVA de notaría, registro y gestoría | 21 % | Art. 90 Ley 37/1992 |

El alcance de la tarifa del art. 5.Uno.g del RDL 13/2010 es discutido desde la Ley 14/2013: tómala como referencia. El precio de Melso incluye la notaría y el Registro Mercantil; lo ves más abajo.

## Plazos

Los plazos de la constitución y los primeros del año siguiente.

| Trámite | Plazo | Base legal o fuente |
| --- | --- | --- |
| Certificación negativa de denominación | Vale 3 meses para otorgar la escritura; el nombre queda reservado 6 meses | Registro Mercantil Central |
| Certificado de depósito del capital | Vale 2 meses desde su fecha | Art. 62.3 LSC |
| NIF provisional (036) | Dentro del mes siguiente a la constitución y antes de operar | AEAT, instrucciones del 036 |
| Inscripción en el Registro Mercantil | 2 meses desde la escritura | Art. 32 LSC |
| Vía CIRCE con estatutos tipo | Denominación en 6 horas hábiles, cita con notario en 12 e inscripción en 6; sin estatutos tipo, inscripción definitiva en 5 días | Arts. 15 y 16 Ley 14/2013 |
| Alta del administrador en el RETA | Antes de empezar sus funciones o el mismo día, con hasta 60 días de antelación | Guía de trabajo autónomo de la Seguridad Social |
| Legalización de libros | 4 meses desde el cierre del ejercicio | Art. 18 Ley 14/2013 |
| Cuentas anuales | Formular en 3 meses desde el cierre, aprobar en 6 y depositar en el mes siguiente a la aprobación | Arts. 253, 164 y 279 LSC |
| Primer Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) | En los 25 días naturales siguientes a los 6 meses del cierre: julio de 2027 si cierras el 31 de diciembre de 2026 | AEAT, plazo del Impuesto sobre Sociedades |

Si cierras el 31 de diciembre de 2026: formulas las cuentas hasta el 31 de marzo de 2027, las apruebas hasta el 30 de junio y las depositas hasta el 30 de julio. Mientras la escritura no esté inscrita, la sociedad sigue en formación.

## Ejemplos resueltos

**Nova Studio S.L.: dos socios y 3.000 € de capital**

Dos socios al 50 % constituyen la sociedad el 1 de marzo de 2026. El primer ejercicio cierra con 45.000 € de resultado antes de impuestos, que se toma como base imponible, y reparten 30.000 € de dividendos. Los socios no tienen otras rentas del ahorro.

| Concepto | Cálculo | Importe |
| --- | --- | --- |
| ITP/AJD de la constitución | Exenta | 0,00 € |
| Impuesto sobre Sociedades | 45.000,00 × 15 % de nueva creación | 6.750,00 € |
| Beneficio después de impuestos | 45.000,00 − 6.750,00 | 38.250,00 € |
| Reserva legal | 10 % de 38.250,00, con tope del 20 % del capital | 600,00 € |
| Retención por socio | 15.000,00 × 19 % | 2.850,00 € |
| IRPF de cada socio por su dividendo | 6.000,00 × 19 % + 9.000,00 × 21 % | 3.030,00 € |
| Cuota diferencial por socio | 3.030,00 − 2.850,00 | 180,00 € |

Tras repartir 30.000 € quedan 8.250 € en la sociedad, 600 € de ellos como reserva legal obligatoria. Con la escala de microempresa (19 %), el impuesto habría sido de 8.550 €: el tipo de nueva creación ahorra 1.800 €.

**Uno S.L.U.: un socio y 1 € de capital**

Un único socio constituye la sociedad con 1 € de capital. El primer ejercicio cierra con 30.000 € de resultado antes de impuestos, aplica el 15 % de nueva creación y reparte todo lo que puede. El socio no tiene otras rentas del ahorro.

| Concepto | Cálculo | Importe |
| --- | --- | --- |
| Impuesto sobre Sociedades | 30.000,00 × 15 % | 4.500,00 € |
| Beneficio después de impuestos | 30.000,00 − 4.500,00 | 25.500,00 € |
| Reserva legal con capital inferior a 3.000 € | 20 % de 25.500,00 = 5.100,00, con tope de 3.000,00 − 1,00 | 2.999,00 € |
| Dividendo máximo | 25.500,00 − 2.999,00 | 22.501,00 € |
| Retención del 19 % | 22.501,00 × 19 % | 4.275,19 € |
| IRPF del socio por el dividendo | 6.000,00 × 19 % + 16.501,00 × 21 % | 4.605,21 € |

El socio paga 330,02 € más en su Renta (4.605,21 € − 4.275,19 €). Si la sociedad se liquidara sin patrimonio suficiente, respondería de 2.999 €: es el coste oculto del capital de 1 €.

## Errores frecuentes

- Creer que con 1 € está todo resuelto. Con menos de 3.000 € de capital destinas al menos el 20 % del beneficio a reserva legal y, en una liquidación, los socios responden solidariamente hasta 3.000 €.
- No inscribir la escritura en 2 meses. La sociedad sigue en formación, y fundadores y administradores responden de los daños por el retraso.
- Quedarte con el NIF provisional. Tras la inscripción hay que pedir el NIF definitivo con un 036 (casilla 120) y actualizar la actividad, el domicilio y las obligaciones.
- No dar de alta al administrador en el RETA. Si dirige la sociedad y tiene una participación relevante, cotiza como autónomo societario. La sociedad no lo sustituye.
- No presentar el 200 por no tener actividad. La sociedad presenta el Impuesto sobre Sociedades aunque no tenga actividad o tenga pérdidas.
- No depositar las cuentas anuales. El Registro Mercantil cierra la hoja registral y puede imponer una sanción.
- Olvidar la reserva legal con cualquier capital. Aunque tengas 3.000 € o más, el 10 % del beneficio va a reserva legal hasta llegar al 20 % del capital (art. 274 LSC).
- Mezclar el dinero de la sociedad con el tuyo. Dividendos y retribuciones se documentan. Una salida de dinero sin título puede tratarse como un préstamo o una retribución encubierta.

## Si algo se hace tarde

Los plazos que no puedes dejar pasar durante la constitución y en el primer año.

| Situación | Consecuencia | Base legal o fuente |
| --- | --- | --- |
| Escritura sin inscribir en 2 meses | Fundadores y administradores responden de los daños; la sociedad sigue en formación | Art. 32 LSC |
| Cuentas anuales sin depositar | Cierre de la hoja registral y sanción | Arts. 279, 282 y 283 LSC |
| 036 fuera de plazo | Multa fija de 400 €; 200 € sin requerimiento previo | Art. 198 LGT |
| 200, 303, 111 o 115 con importe a ingresar, presentados tarde por tu cuenta | Sin sanción: recargo del 1 % más 1 punto por cada mes completo de retraso, sin intereses. Con más de 12 meses, 15 % más intereses de demora desde el día siguiente al fin de esos 12 meses | Art. 27.2 LGT |
| Autoliquidación sin importe a ingresar presentada tarde | Multa fija de 200 €; 100 € sin requerimiento previo | Art. 198 LGT |
| 347 o 349 fuera de plazo | 20 € por dato, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €; la mitad sin requerimiento previo | Art. 198 LGT |

- El recargo se reduce un 25 % si ingresas la deuda al presentar, o pides con la autoliquidación un aplazamiento garantizado con aval o seguro de caución y pagas la deuda en los plazos concedidos, y además pagas el recargo en el plazo de su liquidación (art. 27.5 LGT).
- El interés de demora de 2026 es del 4,0625 % anual (art. 26.6 LGT y disposición adicional 42.ª de la Ley 31/2022, prorrogada).

## Cuánto cuesta.

Un precio cerrado, con la notaría y el Registro Mercantil incluidos.

Constituir una S.L.: 750 € (Pago único). Lo pagas en la app de Melso al enviar la solicitud. La factura va a nombre de la nueva sociedad.

**Incluye**

- Solicitud de reserva del nombre en el Registro Mercantil Central.
- Redacción de los estatutos y del borrador de escritura.
- Coordinación con la notaría.
- Presentación en el Registro Mercantil.
- Aranceles de la notaría y del Registro Mercantil, con la reserva del nombre y la publicación en el BORME.
- NIF y alta censal de la sociedad (modelo 036).
- Revisión profesional en cada paso.
- Seguimiento en Melso.

**No incluye**

- El capital social, que se ingresa en la cuenta bancaria de la sociedad.
- Los certificados digitales de los socios.
- Poderes notariales, traducciones y apostillas, si un socio los necesita para firmar.
- Licencias y permisos de la actividad.
- La contabilidad y los impuestos de la nueva empresa.

## Cómo avanza.

Ves cada paso en Melso. Si falta algo, te lo pedimos antes de continuar.

1. Envías la solicitud. Y la pagas en la app.
2. Reserva del nombre. En el Registro Mercantil Central. Preparamos los estatutos y la escritura.
3. Revisas y apruebas. El borrador, en la app.
4. Firma ante notario. Los socios firman la escritura en la cita que coordinamos.
5. Inscripción y NIF. Tramitamos la inscripción en el Registro Mercantil, el NIF y el alta censal.
6. Tu empresa, en Melso. Recibes la escritura inscrita y el NIF. Nuestro equipo configura tu nueva empresa en Melso.

## Trámites relacionados

- [Alta de autónomo](https://melso.ai/tramites/alta): Si decides empezar como persona física.
- [Impuestos del autónomo](https://melso.ai/tramites/impuestos): Los impuestos del día a día y su calendario.
- [Modelo 303 · IVA](https://melso.ai/tramites/modelo-303): La sociedad presenta el IVA cada trimestre si factura con IVA.
- [Modelo 111 · Retenciones](https://melso.ai/tramites/modelo-111): Si paga nóminas, al administrador o a profesionales con retención.
- [Modelo 115 · Retenciones del alquiler](https://melso.ai/tramites/modelo-115): Si alquila un local para la actividad.

## Preguntas frecuentes

**¿Cuánto cuesta constituir una S.L.?**

No hay una tarifa única. Por vía telemática, con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €, notario y registrador cobran 60 € y 40 € más IVA. El ITP/AJD está exento. El capital no es un gasto: queda en la sociedad.

**¿Se paga IVA al constituir una S.L.?**

La aportación de capital no lleva IVA. Los honorarios de notaría, registro y gestoría sí llevan el 21 %.

**¿Qué tipo de Impuesto sobre Sociedades paga una S.L. nueva?**

El 15 % en el primer periodo con base imponible positiva y en el siguiente, si cumple los requisitos de entidad de nueva creación. Si no, en 2026: microempresa 19 % hasta 50.000 € y 21 % el resto, reducida dimensión 23 % o general 25 %.

**¿Qué pasa si no inscribo la sociedad?**

Sigue en formación y no tiene personalidad jurídica plena. Socios y administradores pueden responder solidariamente de los actos y de los daños causados por el retraso.

**¿Qué impuestos presenta una S.L. cada año?**

El Impuesto sobre Sociedades (200) y sus pagos fraccionados (202) si proceden, el IVA (303 y 390) si factura con IVA, las retenciones (111 y 190, 115 y 180) si paga nóminas o alquileres, y el 347 o el 349 cuando corresponda.

**¿Cuál es el capital mínimo?**

Desde la Ley 18/2022 puedes constituir una S.L. con 1 € de capital. Por debajo de 3.000 € se aplican reglas sobre la reserva legal y la responsabilidad de los socios; te las explicamos antes de que decidas la cifra.

**¿Cuánto tarda?**

Depende de la agenda de la notaría y de los plazos del Registro Mercantil. En Melso ves en qué paso está y te avisamos cuando necesitamos algo de ti.

**¿Puede tener un único socio?**

Sí. Con un único socio es una sociedad limitada unipersonal (S.L.U.). También puede tener varios socios, personas o empresas, con los porcentajes que acordéis.

**¿Pueden ser socios personas extranjeras?**

Sí. Cada socio sin DNI necesita un NIE, también si no reside en España. Si aún no lo tienes, cuéntanoslo y te indicamos qué necesitas.

**¿El administrador tiene que darse de alta como autónomo?**

Depende del caso, por ejemplo de su participación y de sus funciones en la sociedad. Lo revisamos contigo durante la constitución.

**¿Puedo pedirla desde Claude o por WhatsApp?**

Sí. Claude, con Melso conectado, o tu agente por WhatsApp preparan la solicitud con tus datos. El pago y las aprobaciones se hacen siempre en la app de Melso.

**¿Qué pasa cuando la sociedad está inscrita?**

Tu sociedad tiene su propia empresa en Melso desde que la pides: ahí recibes la escritura inscrita y el NIF, y queda a su nombre. La contabilidad y los impuestos de la sociedad no están incluidos en este precio.

**¿A nombre de quién va la factura?**

De la nueva sociedad. Al pagar recibes el justificante; cuando está inscrita, le emitimos la factura con nuestros honorarios y, como suplidos, la notaría y el registro, cuyas facturas también van a su nombre.

**¿Qué no incluye el precio?**

Los aranceles de la notaría y del Registro Mercantil están incluidos. No incluye el capital social, los certificados digitales, los poderes de los socios, las licencias ni el servicio continuo de la nueva empresa.

## Fuentes oficiales

- [BOE · Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10544) (Consultado el 20 de octubre de 2026)
- [BOE · Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-15818) (Consultado el 20 de octubre de 2026)
- [BOE · Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores (arts. 15, 16 y 18)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-10074) (Consultado el 21 de octubre de 2026)
- [BOE · Real Decreto-ley 13/2010, aranceles de la constitución telemática (art. 5)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-18651) (Consultado el 21 de octubre de 2026)
- [BOE · Texto refundido del ITP y AJD (art. 45)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-25359) (Consultado el 20 de octubre de 2026)
- [AEAT · Tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuesto-sobre-sociedades/que-base-imponible-se-determina-sociedades/tipo-impositivo.html) (Consultado el 20 de octubre de 2026)
- [AEAT · Modelo 036. Censo de empresarios, profesionales y retenedores](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G322.shtml) (Consultado el 20 de octubre de 2026)
