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Calculadora del modelo 130: tu pago trimestral de IRPF.

En estimación directa, cada trimestre adelantas a Hacienda el 20 % de lo que ganas. Escribe tus cifras del año hasta el final del trimestre y te decimos cuánto pagas, casilla a casilla.

Trimestre
Estimación directa

La habitual hasta 600.000 € de facturación. Resta un 5 % de gastos de difícil justificación, hasta 2.000 € al año.

€

Sin IVA. Se suma todo el año hasta el final del trimestre.

€

Con la cuota de autónomos y las amortizaciones, sin el IVA que te deduces.

€

Las de tus facturas de este año. Si eres profesional y el año pasado te retuvieron al menos el 70 % de tus ingresos, no tienes que presentar el 130.

€

La casilla 07 de tus 130 anteriores de este año, cuando fue positiva.

€

Resultados «a deducir» de tus 130 anteriores de este año que aún no has restado.

€

El de tu última renta. Si fue de 12.000 € o menos, restas de 25 € a 100 € cada trimestre.

Tu modelo 130

A ingresar

430,00 €

Lo presentas y pagas hasta el 20 de octubre. Si ese día es inhábil, el plazo pasa al siguiente día hábil.

Trimestres y plazos de presentación
  1. 1Tene–marPlazo: 1–20 abr
  2. 2Tabr–junPlazo: 1–20 jul
  3. 3Tjul–sepPlazo: 1–20 oct
  4. 4Toct–dicPlazo: 1–30 ene
IngresosCasilla 01
30.000,00 €
Gastos deduciblesCasilla 02. Incluye 1.050,00 € de gastos de difícil justificación.
-10.050,00 €
Rendimiento netoCasilla 03
19.950,00 €
20 % del rendimientoCasilla 04
3.990,00 €
Pagado en trimestres anterioresCasilla 05
-860,00 €
RetencionesCasilla 06
-2.700,00 €
ResultadoCasilla 19
430,00 €
Preguntar a Melso

Estimación orientativa con la normativa de 2026. Tu caso puede tener matices: confírmalo antes de decidir. Se calcula en tu navegador: no enviamos ni guardamos lo que escribes.

  1. Todo el año hasta el trimestre.

    Ingresos y gastos se suman del 1 de enero al último día del trimestre. En simplificada, los gastos incluyen un 5 % de gastos de difícil justificación, hasta 2.000 € al año.

  2. El 20 % del rendimiento.

    Al rendimiento neto acumulado se le aplica el 20 %. Si el rendimiento es negativo, esta casilla es cero.

  3. Lo ya pagado y retenido.

    Restas lo que salió a ingresar en los 130 anteriores del año (casilla 07) y todas las retenciones de tus facturas desde enero.

  4. La minoración por rendimientos bajos.

    Si el año pasado tu actividad rindió 12.000 € o menos, restas entre 25 € y 100 € en cada trimestre, según el artículo 110.3.c del Reglamento del IRPF.

  5. A ingresar o a deducir.

    Si sale positivo, lo pagas. Si sale negativo en los tres primeros trimestres, lo restas en los siguientes; en el cuarto, se recupera en la renta.

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Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

Los autónomos en estimación directa, normal o simplificada. No lo presentan los profesionales a los que, el año anterior, sus clientes retuvieron al menos el 70 % de los ingresos de su actividad.

Deja los cálculos a tu gestoría.

Cuéntanos tu situación y confirmamos el alcance antes de empezar.