Calculadora de factura con IVA y retención de IRPF.
Escribe la base, lo que quieres que te quede o lo que quieres cobrar, y elige el IVA y la retención. Te damos las líneas de la factura y adónde va cada euro.
Tu factura
Total de la factura
Lo que te transfiere tu cliente. Para ti, sin el IVA: 850,00 €.
Factura
- Base imponible
- 1.000,00 €
- IVA (21 %)
- 210,00 €
- Retención IRPF (15 %)
- -150,00 €
- Total
- 1.060,00 €
- Para ti850,00 €
- IVA: lo ingresas tú en el 303210,00 €
- Retención: la ingresa tu cliente150,00 €
Estimación orientativa con la normativa de 2026. Tu caso puede tener matices: confírmalo antes de decidir. Se calcula en tu navegador: no enviamos ni guardamos lo que escribes.
Cómo se calcula.
La base.
Es el precio de tu trabajo, sin impuestos. Si partes de lo que quieres que te quede o del total, buscamos la base que da esa cifra, con cada línea redondeada al céntimo.
El IVA.
La base por el 21 %, el 10 % o el 4 %. Es un 0 % si el servicio está exento o no lleva IVA español, como el que prestas a una empresa de fuera de España.
La retención.
Solo retiene una empresa o un autónomo en España: un 15 % si eres profesional, un 7 % los tres primeros años, un 19 % en un alquiler y un 1 % en algunas actividades en módulos. Un particular o un cliente extranjero no retienen.
El total y lo que es tuyo.
Total = base + IVA − retención. El IVA lo ingresas tú en el modelo 303; la retención la ingresa tu cliente y la restas de tu IRPF en el modelo 130 y en la renta.
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Lo que más nos preguntan.
Una empresa o un autónomo que te paga dentro de su actividad, cuando facturas una actividad profesional, el alquiler de un local o una de las actividades en módulos con retención del 1 %. Un particular o un cliente sin sede en España no te retienen.
El año en que empiezas como profesional y los dos siguientes, si el año anterior al alta no ejerciste ninguna actividad profesional. Tienes que comunicárselo por escrito a tu cliente, que guarda la comunicación firmada.
No. Es un adelanto de tu IRPF: tu cliente la ingresa a Hacienda a tu nombre y tú la restas en el modelo 130 y en la renta. Si al final te han retenido de más, Hacienda te lo devuelve en la renta.
Un 19 % sobre la renta sin IVA cuando el inquilino es una empresa o un autónomo. Entre otras excepciones, no hay retención si el inquilino paga a ese arrendador 900 € o menos al año.
Retención, no. Si tu cliente es una empresa, la mayoría de servicios se facturan sin IVA español: en la UE lo declara él en su país con su NIF-IVA, y fuera de la UE no hay IVA español.
Deja los cálculos a tu gestoría.
Cuéntanos tu situación y confirmamos el alcance antes de empezar.