Calculadora de recargo de equivalencia.
Si tienes una tienda como autónomo, tu proveedor te cobra el IVA y un recargo. Escribe las bases de su factura y te damos el IVA, el recargo y el total, línea a línea.
Tu factura con recargo
Total que pagas
De ello, 35,30 € es recargo. Es tu coste real: no te deduces ni el IVA ni el recargo.
- Recargo35,30 €
- IVA155,80 €
- Base970,00 €
- Productos al 21 %Base 600,00 € · IVA 126,00 € · recargo 31,20 €
- 757,20 €
- Productos al 10 %Base 250,00 € · IVA 25,00 € · recargo 3,50 €
- 278,50 €
- Productos al 4 %Base 120,00 € · IVA 4,80 € · recargo 0,60 €
- 125,40 €
- Base imponible
- 970,00 €
- IVA
- 155,80 €
- Recargo de equivalencia
- 35,30 €
- Total factura
- 1.161,10 €
Te aplica el recargo de equivalencia: tu proveedor debe cobrártelo y no presentas el 303 por estas ventas.
Estimación orientativa con la normativa de 2026. Tu caso puede tener matices: confírmalo antes de decidir. Se calcula en tu navegador: no enviamos ni guardamos lo que escribes.
Cómo se calcula.
Fuentes oficiales
- Ley 37/1992 del IVA: régimen del recargo de equivalencia (arts. 148 a 163) (BOE)
- Reglamento del IVA, RD 1624/1992: requisitos y productos excluidos (art. 59) (BOE)
- Tipos del recargo de equivalencia, Manual práctico de IVA 2026 (Agencia Tributaria)
- Reglamento de facturación, RD 1619/2012 (arts. 2, 3 y 16) (BOE)
Quién está en este régimen.
Los comerciantes minoristas que son personas físicas o comunidades de bienes, venden sin transformar lo que compran y venden más del 80 % a particulares (arts. 148 y 149 de la Ley del IVA). Es obligatorio, y una sociedad nunca lo aplica.
Lo que te cobra tu proveedor.
Sobre la misma base que el IVA, un recargo del 5,2 % con el IVA del 21 %, del 1,4 % con el del 10 % y del 0,5 % con el del 4 %. El tabaco lleva el 21 % de IVA y un 1,75 % de recargo (art. 161).
Lo que no presentas.
Por tus ventas en este régimen no presentas el modelo 303: no ingresas IVA ni te deduces el que pagas (art. 154). A tus clientes les cobras el IVA, nunca el recargo.
Tu coste real.
Como no recuperas ni el IVA ni el recargo, el total de la factura es lo que te cuesta la mercancía. Es la cifra para fijar tus precios.
Lo que sí presentas.
Si compras a otro país de la UE, liquidas el IVA y el recargo de esa compra con el modelo 309. Tu IRPF sigue su propio camino, como el de cualquier autónomo.
¿Prefieres que lo haga Melso?
Tu agente reúne facturas y gastos por WhatsApp, y tus gestores preparan y presentan tus impuestos después de que los apruebes en la app.
Lo que más nos preguntan.
Un régimen especial de IVA para el pequeño comercio. Tu proveedor te cobra un porcentaje extra además del IVA y, a cambio, no presentas declaraciones trimestrales de IVA por tus ventas.
Sí, si eres persona física o comunidad de bienes, vendes al por menor productos que no transformas y más del 80 % de tus ventas del año anterior fueron a particulares. No se elige: si cumples los requisitos, se aplica.
A los particulares no, salvo que te la pidan para ejercer un derecho fiscal. A empresas y autónomos, sí. En ningún caso cobras el recargo: solo el IVA del producto.
Entre otros, vehículos, embarcaciones, joyas, pieles de lujo, objetos de arte y antigüedades, bienes usados, maquinaria industrial y materiales de construcción (art. 59 del Reglamento del IVA). Si los vendes, esa parte va por el régimen general.
Avísale de que estás en el régimen: debes acreditárselo. Si aun así no te lo repercute, tienes que comunicarlo a la Agencia Tributaria para evitar una sanción.
Deja los cálculos a tu gestoría.
Cuéntanos tu situación y confirmamos el alcance antes de empezar.