Constituye tu S.L.
Melso y sus profesionales constituyen tu sociedad limitada: reservamos el nombre, preparamos los estatutos, coordinamos la firma ante notario y tramitamos la inscripción. Tú sigues y apruebas cada paso en la app.
- Precio
- 750 €
- Socios
- Uno o varios
- Capital
- Desde 1 €
- Recibes
- Escritura inscrita y NIF
Constituir una S.L.
Una S.L. se constituye con escritura pública ante notario e inscripción en el Registro Mercantil. Desde la Ley 18/2022 basta 1 € de capital, pero por debajo de 3.000 € se aplican una reserva legal reforzada y la responsabilidad solidaria de los socios en una liquidación.
Lo esencial
- Capital mínimo
- 1 € (art. 4.1 LSC); por debajo de 3.000 €, reglas especiales (art. 4.1 LSC)
- Pasos
- Nombre, capital, escritura, NIF, inscripción y alta de la actividad
- Plazo para inscribir
- 2 meses desde la escritura (art. 32 LSC)
- Impuesto de la constitución
- Exenta de ITP/AJD (art. 45.I.B).11 TRLITPAJD)
Tres formas de empezar.
Todas parten de tu cuenta de Melso. El pago y las aprobaciones se hacen siempre en la app.
En la app.
Un formulario guiado recoge los datos de la sociedad. Lo envías cuando está completo.
GestionesNueva gestiónConstituir una S.L.
Empieza por Claude.
Conecta Melso a Claude y pídele que prepare la solicitud. Claude deja el borrador listo; tú lo revisas, lo pagas y lo envías en la app.
“Quiero constituir una S.L. con mi socia.”
Por WhatsApp.
Escribe a tu agente de Melso. Te pide lo que falta y prepara la solicitud contigo; tú la pagas y la envías en la app.
“Quiero constituir una S.L.”
¿Para quién es?
Comprueba tu caso antes de empezar. Si dudas, nuestros profesionales lo revisan contigo.
Es para ti si
- Quieres limitar tu responsabilidad a lo que aportas y separar tu patrimonio del del negocio.
- Vas a emprender con socios, personas o empresas, con los porcentajes que acordéis.
- Emprendes solo: puedes constituir una sociedad limitada unipersonal (S.L.U.).
- Quieres empezar con poco capital: desde 1 €, con las reglas que eso conlleva.
No es para ti, o cambia, si
- Con menos de 3.000 € de capital, al menos el 20 % del beneficio va a reserva legal hasta que, con el capital, sume 3.000 €, y en una liquidación los socios responden solidariamente de la diferencia.Base legal: Art. 4.1 LSC
- Hasta la inscripción, la sociedad está en formación: socios y administradores pueden responder solidariamente de los actos hechos en su nombre.Base legal: Art. 32 LSC
- El administrador con funciones de dirección y una participación relevante cotiza en el RETA como autónomo societario, con una base mínima definitiva de 1.424,40 €/mes en 2026.Base legal: Art. 305.2.b LGSS; Orden PJC/297/2026
- Si una persona física con más del 50 % del capital ejercía la actividad el año anterior, la sociedad no aplica el 15 % de entidad de nueva creación.Base legal: Art. 29.1 LIS
Qué necesitas
Lo que suele pedir el notario, o el PAE si la constituyes por vía telemática.
- DNI o NIE de cada socio y administrador
- Hasta cinco denominaciones, por orden de preferencia
- Certificación negativa de denominación del Registro Mercantil Central
- Certificado bancario del depósito del capital
- Estatutos sociales
- Domicilio social y objeto social
- Aceptación del cargo de administrador
- Poder notarial, si un socio no firma en persona
Paso a paso
El recorrido completo, en el orden en que se hace.
En Pro y Plus, los profesionales de Melso presentan las declaraciones incluidas después de que apruebes la versión exacta en la app; no las presentas tú en la web de la AEAT. El alta de autónomo y constituir una S.L. son gestiones aparte, con su propio precio, que hacen los profesionales tras tu autorización. La API y el MCP preparan datos, borradores y, cuando existe, el fichero de importación; no aprueban ni presentan. Una gestoría con la consola de Melso presenta las declaraciones de sus clientes. Solo el justificante oficial acredita la presentación.
Reserva la denominación
Pide al Registro Mercantil Central una certificación negativa con hasta cinco nombres. El nombre queda reservado 6 meses y la certificación vale 3 meses para otorgar la escritura.
Abre la cuenta y deposita el capital
A nombre de la sociedad en constitución. El banco emite un certificado de depósito, válido 2 meses.
Prepara los estatutos
Socios, capital y participaciones, objeto social, domicilio y órgano de administración. Con estatutos tipo puedes usar la vía telemática de CIRCE.
Firma la escritura ante notario
Recoge los estatutos, el capital, los socios y los administradores. CIRCE agiliza la tramitación, pero no elimina la escritura.
Pide el NIF provisional
Con el modelo 036 (casilla 110), dentro del mes siguiente a la constitución y siempre antes de empezar a operar. El notario o el PAE pueden tramitarlo.
Inscribe la sociedad en el Registro Mercantil
Dentro de los 2 meses siguientes a la escritura. Hasta entonces, la sociedad está en formación.
Obtén el NIF definitivo y da de alta la actividad
Con un 036 de modificación (casilla 120) y la certificación registral. Comunica la actividad, el IVA, el Impuesto sobre Sociedades y las retenciones, y da de alta al administrador en el RETA si corresponde.
Costes y tasas oficiales
Lo que fijan las normas. Los honorarios y aranceles de notaría y registro llevan además un 21 % de IVA.
| Concepto | Importe | Base legal o fuente |
|---|---|---|
| Capital social | Desde 1 €; no es un gasto, queda en la sociedad | Art. 4.1 LSC; Ley 18/2022 |
| Notaría y registro por vía telemática, con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 € | 60 € notario y 40 € registrador, más IVA | Art. 5.Dos.c RDL 13/2010 |
| Notaría y registro por vía telemática, en general | 150 € notario y 100 € registrador, más IVA | Art. 5.Uno.g RDL 13/2010 |
| Constitución por la vía ordinaria | Arancel según la cuantía y los folios, más IVA | Aranceles de notarios y registradores |
| ITP/AJD, operaciones societarias | 0 €: la constitución está exenta | Art. 45.I.B).11 TRLITPAJD |
| Publicación en el BORME | Sin tasa en la constitución telemática | Art. 15.9 Ley 14/2013 |
| IVA de notaría, registro y gestoría | 21 % | Art. 90 Ley 37/1992 |
El alcance de la tarifa del art. 5.Uno.g del RDL 13/2010 es discutido desde la Ley 14/2013: tómala como referencia. El precio de Melso incluye la notaría y el Registro Mercantil; lo ves más abajo.
Plazos
Los plazos de la constitución y los primeros del año siguiente.
| Trámite | Plazo | Base legal o fuente |
|---|---|---|
| Certificación negativa de denominación | Vale 3 meses para otorgar la escritura; el nombre queda reservado 6 meses | Registro Mercantil Central |
| Certificado de depósito del capital | Vale 2 meses desde su fecha | Art. 62.3 LSC |
| NIF provisional (036) | Dentro del mes siguiente a la constitución y antes de operar | AEAT, instrucciones del 036 |
| Inscripción en el Registro Mercantil | 2 meses desde la escritura | Art. 32 LSC |
| Vía CIRCE con estatutos tipo | Denominación en 6 horas hábiles, cita con notario en 12 e inscripción en 6; sin estatutos tipo, inscripción definitiva en 5 días | Arts. 15 y 16 Ley 14/2013 |
| Alta del administrador en el RETA | Antes de empezar sus funciones o el mismo día, con hasta 60 días de antelación | Guía de trabajo autónomo de la Seguridad Social |
| Legalización de libros | 4 meses desde el cierre del ejercicio | Art. 18 Ley 14/2013 |
| Cuentas anuales | Formular en 3 meses desde el cierre, aprobar en 6 y depositar en el mes siguiente a la aprobación | Arts. 253, 164 y 279 LSC |
| Primer Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) | En los 25 días naturales siguientes a los 6 meses del cierre: julio de 2027 si cierras el 31 de diciembre de 2026 | AEAT, plazo del Impuesto sobre Sociedades |
Si cierras el 31 de diciembre de 2026: formulas las cuentas hasta el 31 de marzo de 2027, las apruebas hasta el 30 de junio y las depositas hasta el 30 de julio. Mientras la escritura no esté inscrita, la sociedad sigue en formación.
Ejemplos resueltos
Con cifras inventadas pero cuentas reales, para que veas dónde va cada importe.
Nova Studio S.L.: dos socios y 3.000 € de capital
Dos socios al 50 % constituyen la sociedad el 1 de marzo de 2026. El primer ejercicio cierra con 45.000 € de resultado antes de impuestos, que se toma como base imponible, y reparten 30.000 € de dividendos. Los socios no tienen otras rentas del ahorro.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| ITP/AJD de la constitución | Exenta | 0,00 € |
| Impuesto sobre Sociedades | 45.000,00 × 15 % de nueva creación | 6.750,00 € |
| Beneficio después de impuestos | 45.000,00 − 6.750,00 | 38.250,00 € |
| Reserva legal | 10 % de 38.250,00, con tope del 20 % del capital | 600,00 € |
| Retención por socio | 15.000,00 × 19 % | 2.850,00 € |
| IRPF de cada socio por su dividendo | 6.000,00 × 19 % + 9.000,00 × 21 % | 3.030,00 € |
| Cuota diferencial por socio | 3.030,00 − 2.850,00 | 180,00 € |
Resultado, 1: Tras repartir 30.000 € quedan 8.250 € en la sociedad, 600 € de ellos como reserva legal obligatoria. Con la escala de microempresa (19 %), el impuesto habría sido de 8.550 €: el tipo de nueva creación ahorra 1.800 €.
Uno S.L.U.: un socio y 1 € de capital
Un único socio constituye la sociedad con 1 € de capital. El primer ejercicio cierra con 30.000 € de resultado antes de impuestos, aplica el 15 % de nueva creación y reparte todo lo que puede. El socio no tiene otras rentas del ahorro.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Impuesto sobre Sociedades | 30.000,00 × 15 % | 4.500,00 € |
| Beneficio después de impuestos | 30.000,00 − 4.500,00 | 25.500,00 € |
| Reserva legal con capital inferior a 3.000 € | 20 % de 25.500,00 = 5.100,00, con tope de 3.000,00 − 1,00 | 2.999,00 € |
| Dividendo máximo | 25.500,00 − 2.999,00 | 22.501,00 € |
| Retención del 19 % | 22.501,00 × 19 % | 4.275,19 € |
| IRPF del socio por el dividendo | 6.000,00 × 19 % + 16.501,00 × 21 % | 4.605,21 € |
Resultado, 2: El socio paga 330,02 € más en su Renta (4.605,21 € − 4.275,19 €). Si la sociedad se liquidara sin patrimonio suficiente, respondería de 2.999 €: es el coste oculto del capital de 1 €.
Errores frecuentes
Creer que con 1 € está todo resuelto
Con menos de 3.000 € de capital destinas al menos el 20 % del beneficio a reserva legal y, en una liquidación, los socios responden solidariamente hasta 3.000 €.
No inscribir la escritura en 2 meses
La sociedad sigue en formación, y fundadores y administradores responden de los daños por el retraso.
Quedarte con el NIF provisional
Tras la inscripción hay que pedir el NIF definitivo con un 036 (casilla 120) y actualizar la actividad, el domicilio y las obligaciones.
No dar de alta al administrador en el RETA
Si dirige la sociedad y tiene una participación relevante, cotiza como autónomo societario. La sociedad no lo sustituye.
No presentar el 200 por no tener actividad
La sociedad presenta el Impuesto sobre Sociedades aunque no tenga actividad o tenga pérdidas.
No depositar las cuentas anuales
El Registro Mercantil cierra la hoja registral y puede imponer una sanción.
Olvidar la reserva legal con cualquier capital
Aunque tengas 3.000 € o más, el 10 % del beneficio va a reserva legal hasta llegar al 20 % del capital (art. 274 LSC).
Mezclar el dinero de la sociedad con el tuyo
Dividendos y retribuciones se documentan. Una salida de dinero sin título puede tratarse como un préstamo o una retribución encubierta.
Si algo se hace tarde
Los plazos que no puedes dejar pasar durante la constitución y en el primer año.
| Situación | Consecuencia | Base legal o fuente |
|---|---|---|
| Escritura sin inscribir en 2 meses | Fundadores y administradores responden de los daños; la sociedad sigue en formación | Art. 32 LSC |
| Cuentas anuales sin depositar | Cierre de la hoja registral y sanción | Arts. 279, 282 y 283 LSC |
| 036 fuera de plazo | Multa fija de 400 €; 200 € sin requerimiento previo | Art. 198 LGT |
| 200, 303, 111 o 115 con importe a ingresar, presentados tarde por tu cuenta | Sin sanción: recargo del 1 % más 1 punto por cada mes completo de retraso, sin intereses. Con más de 12 meses, 15 % más intereses de demora desde el día siguiente al fin de esos 12 meses | Art. 27.2 LGT |
| Autoliquidación sin importe a ingresar presentada tarde | Multa fija de 200 €; 100 € sin requerimiento previo | Art. 198 LGT |
| 347 o 349 fuera de plazo | 20 € por dato, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €; la mitad sin requerimiento previo | Art. 198 LGT |
- El recargo se reduce un 25 % si ingresas la deuda al presentar, o pides con la autoliquidación un aplazamiento garantizado con aval o seguro de caución y pagas la deuda en los plazos concedidos, y además pagas el recargo en el plazo de su liquidación (art. 27.5 LGT).
- El interés de demora de 2026 es del 4,0625 % anual (art. 26.6 LGT y disposición adicional 42.ª de la Ley 31/2022, prorrogada).
Cuánto cuesta.
Un precio cerrado, con la notaría y el Registro Mercantil incluidos.
Constituir una S.L.
750 €Pago único
Lo pagas en la app de Melso al enviar la solicitud. La factura va a nombre de la nueva sociedad.
Incluye
- Solicitud de reserva del nombre en el Registro Mercantil Central.
- Redacción de los estatutos y del borrador de escritura.
- Coordinación con la notaría.
- Presentación en el Registro Mercantil.
- Aranceles de la notaría y del Registro Mercantil, con la reserva del nombre y la publicación en el BORME.
- NIF y alta censal de la sociedad (modelo 036).
- Revisión profesional en cada paso.
- Seguimiento en Melso.
No incluye
- El capital social, que se ingresa en la cuenta bancaria de la sociedad.
- Los certificados digitales de los socios.
- Poderes notariales, traducciones y apostillas, si un socio los necesita para firmar.
- Licencias y permisos de la actividad.
- La contabilidad y los impuestos de la nueva empresa.
Cómo avanza.
Ves cada paso en Melso. Si falta algo, te lo pedimos antes de continuar.
Envías la solicitud
Y la pagas en la app.
Reserva del nombre
En el Registro Mercantil Central. Preparamos los estatutos y la escritura.
Revisas y apruebas
El borrador, en la app.
Firma ante notario
Los socios firman la escritura en la cita que coordinamos.
Inscripción y NIF
Tramitamos la inscripción en el Registro Mercantil, el NIF y el alta censal.
Tu empresa, en Melso
Recibes la escritura inscrita y el NIF. Nuestro equipo configura tu nueva empresa en Melso.
Resolvemos tus dudas.
No hay una tarifa única. Por vía telemática, con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €, notario y registrador cobran 60 € y 40 € más IVA. El ITP/AJD está exento. El capital no es un gasto: queda en la sociedad.
La aportación de capital no lleva IVA. Los honorarios de notaría, registro y gestoría sí llevan el 21 %.
El 15 % en el primer periodo con base imponible positiva y en el siguiente, si cumple los requisitos de entidad de nueva creación. Si no, en 2026: microempresa 19 % hasta 50.000 € y 21 % el resto, reducida dimensión 23 % o general 25 %.
Sigue en formación y no tiene personalidad jurídica plena. Socios y administradores pueden responder solidariamente de los actos y de los daños causados por el retraso.
El Impuesto sobre Sociedades (200) y sus pagos fraccionados (202) si proceden, el IVA (303 y 390) si factura con IVA, las retenciones (111 y 190, 115 y 180) si paga nóminas o alquileres, y el 347 o el 349 cuando corresponda.
Desde la Ley 18/2022 puedes constituir una S.L. con 1 € de capital. Por debajo de 3.000 € se aplican reglas sobre la reserva legal y la responsabilidad de los socios; te las explicamos antes de que decidas la cifra.
Depende de la agenda de la notaría y de los plazos del Registro Mercantil. En Melso ves en qué paso está y te avisamos cuando necesitamos algo de ti.
Sí. Con un único socio es una sociedad limitada unipersonal (S.L.U.). También puede tener varios socios, personas o empresas, con los porcentajes que acordéis.
Sí. Cada socio sin DNI necesita un NIE, también si no reside en España. Si aún no lo tienes, cuéntanoslo y te indicamos qué necesitas.
Depende del caso, por ejemplo de su participación y de sus funciones en la sociedad. Lo revisamos contigo durante la constitución.
Sí. Claude, con Melso conectado, o tu agente por WhatsApp preparan la solicitud con tus datos. El pago y las aprobaciones se hacen siempre en la app de Melso.
Tu sociedad tiene su propia empresa en Melso desde que la pides: ahí recibes la escritura inscrita y el NIF, y queda a su nombre. La contabilidad y los impuestos de la sociedad no están incluidos en este precio.
De la nueva sociedad. Al pagar recibes el justificante; cuando está inscrita, le emitimos la factura con nuestros honorarios y, como suplidos, la notaría y el registro, cuyas facturas también van a su nombre.
Los aranceles de la notaría y del Registro Mercantil están incluidos. No incluye el capital social, los certificados digitales, los poderes de los socios, las licencias ni el servicio continuo de la nueva empresa. Ver qué incluye
Fuentes oficiales
Todo lo anterior se apoya en estas fuentes. Comprueba siempre el calendario y las instrucciones de tu ejercicio.
- BOE · Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010)
- BOE · Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas
- BOE · Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores (arts. 15, 16 y 18)
- BOE · Real Decreto-ley 13/2010, aranceles de la constitución telemática (art. 5)
- BOE · Texto refundido del ITP y AJD (art. 45)
- AEAT · Tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades
- AEAT · Modelo 036. Censo de empresarios, profesionales y retenedores
Pon en marcha tu sociedad.
Cuéntanos tu situación y confirmamos el alcance antes de empezar.