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Constituye tu S.L.

Melso y sus profesionales constituyen tu sociedad limitada: reservamos el nombre, preparamos los estatutos, coordinamos la firma ante notario y tramitamos la inscripción. Tú sigues y apruebas cada paso en la app.

Precio
750 €
Socios
Uno o varios
Capital
Desde 1 €
Recibes
Escritura inscrita y NIF

Constituir una S.L.

Una S.L. se constituye con escritura pública ante notario e inscripción en el Registro Mercantil. Desde la Ley 18/2022 basta 1 € de capital, pero por debajo de 3.000 € se aplican una reserva legal reforzada y la responsabilidad solidaria de los socios en una liquidación.

Lo esencial

Capital mínimo
1 € (art. 4.1 LSC); por debajo de 3.000 €, reglas especiales (art. 4.1 LSC)
Pasos
Nombre, capital, escritura, NIF, inscripción y alta de la actividad
Plazo para inscribir
2 meses desde la escritura (art. 32 LSC)
Impuesto de la constitución
Exenta de ITP/AJD (art. 45.I.B).11 TRLITPAJD)

Tres formas de empezar.

Todas parten de tu cuenta de Melso. El pago y las aprobaciones se hacen siempre en la app.

  • En la app.

    Un formulario guiado recoge los datos de la sociedad. Lo envías cuando está completo.

    GestionesNueva gestiónConstituir una S.L.

  • Empieza por Claude.

    Conecta Melso a Claude y pídele que prepare la solicitud. Claude deja el borrador listo; tú lo revisas, lo pagas y lo envías en la app.

    “Quiero constituir una S.L. con mi socia.”
  • Por WhatsApp.

    Escribe a tu agente de Melso. Te pide lo que falta y prepara la solicitud contigo; tú la pagas y la envías en la app.

    “Quiero constituir una S.L.”

¿Para quién es?

Comprueba tu caso antes de empezar. Si dudas, nuestros profesionales lo revisan contigo.

Es para ti si

  • Quieres limitar tu responsabilidad a lo que aportas y separar tu patrimonio del del negocio.
  • Vas a emprender con socios, personas o empresas, con los porcentajes que acordéis.
  • Emprendes solo: puedes constituir una sociedad limitada unipersonal (S.L.U.).
  • Quieres empezar con poco capital: desde 1 €, con las reglas que eso conlleva.

No es para ti, o cambia, si

  • Con menos de 3.000 € de capital, al menos el 20 % del beneficio va a reserva legal hasta que, con el capital, sume 3.000 €, y en una liquidación los socios responden solidariamente de la diferencia.Base legal: Art. 4.1 LSC
  • Hasta la inscripción, la sociedad está en formación: socios y administradores pueden responder solidariamente de los actos hechos en su nombre.Base legal: Art. 32 LSC
  • El administrador con funciones de dirección y una participación relevante cotiza en el RETA como autónomo societario, con una base mínima definitiva de 1.424,40 €/mes en 2026.Base legal: Art. 305.2.b LGSS; Orden PJC/297/2026
  • Si una persona física con más del 50 % del capital ejercía la actividad el año anterior, la sociedad no aplica el 15 % de entidad de nueva creación.Base legal: Art. 29.1 LIS

Qué necesitas

Lo que suele pedir el notario, o el PAE si la constituyes por vía telemática.

  1. DNI o NIE de cada socio y administrador
  2. Hasta cinco denominaciones, por orden de preferencia
  3. Certificación negativa de denominación del Registro Mercantil Central
  4. Certificado bancario del depósito del capital
  5. Estatutos sociales
  6. Domicilio social y objeto social
  7. Aceptación del cargo de administrador
  8. Poder notarial, si un socio no firma en persona

Paso a paso

El recorrido completo, en el orden en que se hace.

En Pro y Plus, los profesionales de Melso presentan las declaraciones incluidas después de que apruebes la versión exacta en la app; no las presentas tú en la web de la AEAT. El alta de autónomo y constituir una S.L. son gestiones aparte, con su propio precio, que hacen los profesionales tras tu autorización. La API y el MCP preparan datos, borradores y, cuando existe, el fichero de importación; no aprueban ni presentan. Una gestoría con la consola de Melso presenta las declaraciones de sus clientes. Solo el justificante oficial acredita la presentación.

  1. Reserva la denominación

    Pide al Registro Mercantil Central una certificación negativa con hasta cinco nombres. El nombre queda reservado 6 meses y la certificación vale 3 meses para otorgar la escritura.

  2. Abre la cuenta y deposita el capital

    A nombre de la sociedad en constitución. El banco emite un certificado de depósito, válido 2 meses.

  3. Prepara los estatutos

    Socios, capital y participaciones, objeto social, domicilio y órgano de administración. Con estatutos tipo puedes usar la vía telemática de CIRCE.

  4. Firma la escritura ante notario

    Recoge los estatutos, el capital, los socios y los administradores. CIRCE agiliza la tramitación, pero no elimina la escritura.

  5. Pide el NIF provisional

    Con el modelo 036 (casilla 110), dentro del mes siguiente a la constitución y siempre antes de empezar a operar. El notario o el PAE pueden tramitarlo.

  6. Inscribe la sociedad en el Registro Mercantil

    Dentro de los 2 meses siguientes a la escritura. Hasta entonces, la sociedad está en formación.

  7. Obtén el NIF definitivo y da de alta la actividad

    Con un 036 de modificación (casilla 120) y la certificación registral. Comunica la actividad, el IVA, el Impuesto sobre Sociedades y las retenciones, y da de alta al administrador en el RETA si corresponde.

Costes y tasas oficiales

Lo que fijan las normas. Los honorarios y aranceles de notaría y registro llevan además un 21 % de IVA.

Costes y tasas oficiales: Constituir una S.L.
ConceptoImporteBase legal o fuente
Capital socialDesde 1 €; no es un gasto, queda en la sociedadArt. 4.1 LSC; Ley 18/2022
Notaría y registro por vía telemática, con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €60 € notario y 40 € registrador, más IVAArt. 5.Dos.c RDL 13/2010
Notaría y registro por vía telemática, en general150 € notario y 100 € registrador, más IVAArt. 5.Uno.g RDL 13/2010
Constitución por la vía ordinariaArancel según la cuantía y los folios, más IVAAranceles de notarios y registradores
ITP/AJD, operaciones societarias0 €: la constitución está exentaArt. 45.I.B).11 TRLITPAJD
Publicación en el BORMESin tasa en la constitución telemáticaArt. 15.9 Ley 14/2013
IVA de notaría, registro y gestoría21 %Art. 90 Ley 37/1992

El alcance de la tarifa del art. 5.Uno.g del RDL 13/2010 es discutido desde la Ley 14/2013: tómala como referencia. El precio de Melso incluye la notaría y el Registro Mercantil; lo ves más abajo.

Plazos

Los plazos de la constitución y los primeros del año siguiente.

Plazos del trámite: Constituir una S.L.
TrámitePlazoBase legal o fuente
Certificación negativa de denominaciónVale 3 meses para otorgar la escritura; el nombre queda reservado 6 mesesRegistro Mercantil Central
Certificado de depósito del capitalVale 2 meses desde su fechaArt. 62.3 LSC
NIF provisional (036)Dentro del mes siguiente a la constitución y antes de operarAEAT, instrucciones del 036
Inscripción en el Registro Mercantil2 meses desde la escrituraArt. 32 LSC
Vía CIRCE con estatutos tipoDenominación en 6 horas hábiles, cita con notario en 12 e inscripción en 6; sin estatutos tipo, inscripción definitiva en 5 díasArts. 15 y 16 Ley 14/2013
Alta del administrador en el RETAAntes de empezar sus funciones o el mismo día, con hasta 60 días de antelaciónGuía de trabajo autónomo de la Seguridad Social
Legalización de libros4 meses desde el cierre del ejercicioArt. 18 Ley 14/2013
Cuentas anualesFormular en 3 meses desde el cierre, aprobar en 6 y depositar en el mes siguiente a la aprobaciónArts. 253, 164 y 279 LSC
Primer Impuesto sobre Sociedades (modelo 200)En los 25 días naturales siguientes a los 6 meses del cierre: julio de 2027 si cierras el 31 de diciembre de 2026AEAT, plazo del Impuesto sobre Sociedades

Si cierras el 31 de diciembre de 2026: formulas las cuentas hasta el 31 de marzo de 2027, las apruebas hasta el 30 de junio y las depositas hasta el 30 de julio. Mientras la escritura no esté inscrita, la sociedad sigue en formación.

Ejemplos resueltos

Con cifras inventadas pero cuentas reales, para que veas dónde va cada importe.

Nova Studio S.L.: dos socios y 3.000 € de capital

Dos socios al 50 % constituyen la sociedad el 1 de marzo de 2026. El primer ejercicio cierra con 45.000 € de resultado antes de impuestos, que se toma como base imponible, y reparten 30.000 € de dividendos. Los socios no tienen otras rentas del ahorro.

Nova Studio S.L.: dos socios y 3.000 € de capital
ConceptoCálculoImporte
ITP/AJD de la constituciónExenta0,00 €
Impuesto sobre Sociedades45.000,00 × 15 % de nueva creación6.750,00 €
Beneficio después de impuestos45.000,00 − 6.750,0038.250,00 €
Reserva legal10 % de 38.250,00, con tope del 20 % del capital600,00 €
Retención por socio15.000,00 × 19 %2.850,00 €
IRPF de cada socio por su dividendo6.000,00 × 19 % + 9.000,00 × 21 %3.030,00 €
Cuota diferencial por socio3.030,00 − 2.850,00180,00 €

Resultado, 1: Tras repartir 30.000 € quedan 8.250 € en la sociedad, 600 € de ellos como reserva legal obligatoria. Con la escala de microempresa (19 %), el impuesto habría sido de 8.550 €: el tipo de nueva creación ahorra 1.800 €.

Uno S.L.U.: un socio y 1 € de capital

Un único socio constituye la sociedad con 1 € de capital. El primer ejercicio cierra con 30.000 € de resultado antes de impuestos, aplica el 15 % de nueva creación y reparte todo lo que puede. El socio no tiene otras rentas del ahorro.

Uno S.L.U.: un socio y 1 € de capital
ConceptoCálculoImporte
Impuesto sobre Sociedades30.000,00 × 15 %4.500,00 €
Beneficio después de impuestos30.000,00 − 4.500,0025.500,00 €
Reserva legal con capital inferior a 3.000 €20 % de 25.500,00 = 5.100,00, con tope de 3.000,00 − 1,002.999,00 €
Dividendo máximo25.500,00 − 2.999,0022.501,00 €
Retención del 19 %22.501,00 × 19 %4.275,19 €
IRPF del socio por el dividendo6.000,00 × 19 % + 16.501,00 × 21 %4.605,21 €

Resultado, 2: El socio paga 330,02 € más en su Renta (4.605,21 € − 4.275,19 €). Si la sociedad se liquidara sin patrimonio suficiente, respondería de 2.999 €: es el coste oculto del capital de 1 €.

Errores frecuentes

  • Creer que con 1 € está todo resuelto

    Con menos de 3.000 € de capital destinas al menos el 20 % del beneficio a reserva legal y, en una liquidación, los socios responden solidariamente hasta 3.000 €.

  • No inscribir la escritura en 2 meses

    La sociedad sigue en formación, y fundadores y administradores responden de los daños por el retraso.

  • Quedarte con el NIF provisional

    Tras la inscripción hay que pedir el NIF definitivo con un 036 (casilla 120) y actualizar la actividad, el domicilio y las obligaciones.

  • No dar de alta al administrador en el RETA

    Si dirige la sociedad y tiene una participación relevante, cotiza como autónomo societario. La sociedad no lo sustituye.

  • No presentar el 200 por no tener actividad

    La sociedad presenta el Impuesto sobre Sociedades aunque no tenga actividad o tenga pérdidas.

  • No depositar las cuentas anuales

    El Registro Mercantil cierra la hoja registral y puede imponer una sanción.

  • Olvidar la reserva legal con cualquier capital

    Aunque tengas 3.000 € o más, el 10 % del beneficio va a reserva legal hasta llegar al 20 % del capital (art. 274 LSC).

  • Mezclar el dinero de la sociedad con el tuyo

    Dividendos y retribuciones se documentan. Una salida de dinero sin título puede tratarse como un préstamo o una retribución encubierta.

Si algo se hace tarde

Los plazos que no puedes dejar pasar durante la constitución y en el primer año.

Si algo se hace tarde: Constituir una S.L.
SituaciónConsecuenciaBase legal o fuente
Escritura sin inscribir en 2 mesesFundadores y administradores responden de los daños; la sociedad sigue en formaciónArt. 32 LSC
Cuentas anuales sin depositarCierre de la hoja registral y sanciónArts. 279, 282 y 283 LSC
036 fuera de plazoMulta fija de 400 €; 200 € sin requerimiento previoArt. 198 LGT
200, 303, 111 o 115 con importe a ingresar, presentados tarde por tu cuentaSin sanción: recargo del 1 % más 1 punto por cada mes completo de retraso, sin intereses. Con más de 12 meses, 15 % más intereses de demora desde el día siguiente al fin de esos 12 mesesArt. 27.2 LGT
Autoliquidación sin importe a ingresar presentada tardeMulta fija de 200 €; 100 € sin requerimiento previoArt. 198 LGT
347 o 349 fuera de plazo20 € por dato, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 €; la mitad sin requerimiento previoArt. 198 LGT
  • El recargo se reduce un 25 % si ingresas la deuda al presentar, o pides con la autoliquidación un aplazamiento garantizado con aval o seguro de caución y pagas la deuda en los plazos concedidos, y además pagas el recargo en el plazo de su liquidación (art. 27.5 LGT).
  • El interés de demora de 2026 es del 4,0625 % anual (art. 26.6 LGT y disposición adicional 42.ª de la Ley 31/2022, prorrogada).

Cuánto cuesta.

Un precio cerrado, con la notaría y el Registro Mercantil incluidos.

Constituir una S.L.

750 €Pago único

Lo pagas en la app de Melso al enviar la solicitud. La factura va a nombre de la nueva sociedad.

Constituir mi S.L.

Incluye

  • Solicitud de reserva del nombre en el Registro Mercantil Central.
  • Redacción de los estatutos y del borrador de escritura.
  • Coordinación con la notaría.
  • Presentación en el Registro Mercantil.
  • Aranceles de la notaría y del Registro Mercantil, con la reserva del nombre y la publicación en el BORME.
  • NIF y alta censal de la sociedad (modelo 036).
  • Revisión profesional en cada paso.
  • Seguimiento en Melso.

No incluye

  • El capital social, que se ingresa en la cuenta bancaria de la sociedad.
  • Los certificados digitales de los socios.
  • Poderes notariales, traducciones y apostillas, si un socio los necesita para firmar.
  • Licencias y permisos de la actividad.
  • La contabilidad y los impuestos de la nueva empresa.

Cómo avanza.

Ves cada paso en Melso. Si falta algo, te lo pedimos antes de continuar.

  1. Envías la solicitud

    Y la pagas en la app.

  2. Reserva del nombre

    En el Registro Mercantil Central. Preparamos los estatutos y la escritura.

  3. Revisas y apruebas

    El borrador, en la app.

  4. Firma ante notario

    Los socios firman la escritura en la cita que coordinamos.

  5. Inscripción y NIF

    Tramitamos la inscripción en el Registro Mercantil, el NIF y el alta censal.

  6. Tu empresa, en Melso

    Recibes la escritura inscrita y el NIF. Nuestro equipo configura tu nueva empresa en Melso.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas.

No hay una tarifa única. Por vía telemática, con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €, notario y registrador cobran 60 € y 40 € más IVA. El ITP/AJD está exento. El capital no es un gasto: queda en la sociedad.

Fuentes oficiales

Todo lo anterior se apoya en estas fuentes. Comprueba siempre el calendario y las instrucciones de tu ejercicio.

Pon en marcha tu sociedad.

Cuéntanos tu situación y confirmamos el alcance antes de empezar.