Modelo 390: el resumen anual de tu IVA.
El cierre del IVA necesita datos que encajen con todo el año. Revisamos si debes presentar el 390 y acordamos su alcance antes de que nuestros profesionales preparen el resumen y soliciten tu aprobación.
Modelo 390 · Resumen anual de IVA
Una declaración informativa del año.
El modelo 390 resume las operaciones y el IVA del ejercicio. Complementa las autoliquidaciones periódicas cuando existe obligación de presentarlo; no es una liquidación adicional de IVA.
¿A quién le corresponde?
- Contribuyentes que liquidan IVA y deben presentar su resumen anual.
- Actividades con distintos tipos de IVA o regímenes que deben conciliarse.
- Posibles exoneraciones por SII o por actividad: confirmamos los requisitos.
Una declaración por ejercicio.
El plazo general es del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio declarado. Si el vencimiento coincide con un día inhábil, se desplaza al siguiente día hábil. Confirmamos la fecha del calendario vigente; el 390 es informativo y no tiene un pago que domiciliar.
Lo que necesitamos para prepararlo.
Reunimos la información y te pedimos lo que falte antes de preparar la declaración.
- Libros de facturas emitidas y recibidas del año.
- Todos los modelos 303 del ejercicio y sus rectificaciones.
- Detalle de operaciones por tipo de IVA y régimen.
- Datos de actividad y documentación de una posible exoneración.
Tus impuestos, con profesionales detrás.
Confirmamos la obligación de presentar el 390 y su inclusión en el alcance contratado antes de empezar. Para el servicio acordado, nuestros profesionales concilian los datos y preparan y revisan el borrador. Tú apruebas la versión exacta en la app; Melso lo presenta con la autorización necesaria y entrega el justificante real de la AEAT.
Antes de preparar este modelo.
Existen exoneraciones, entre ellas el SII y determinados declarantes trimestrales que realizan exclusivamente actividades en régimen simplificado o alquileres urbanos. El profesional comprueba las condiciones de cada caso.
El 390 es informativo. Resume lo declarado durante el ejercicio, sin generar un pago adicional por sí mismo. Sus datos deben ser coherentes con las autoliquidaciones y los libros del año.
La exoneración no elimina tus obligaciones periódicas de IVA. Según el caso, debes completar la información anual exigida en la última autoliquidación del modelo 303.
Comparamos las autoliquidaciones con los libros y sus rectificaciones. El resumen también debe reflejar correctamente la actividad, los regímenes y el detalle de las operaciones declaradas.
La información oficial, en la AEAT.
Consulta las instrucciones y el calendario oficial para tu ejercicio y situación.
Prepara tu próximo paso con Melso.
Cuéntanos tu situación y confirmamos el alcance antes de empezar.