Modelo 180: el resumen anual de tus alquileres.
Las retenciones del alquiler también tienen un resumen anual. Reunimos los importes, los datos del arrendador y los del inmueble, y confirmamos el alcance antes de preparar el modelo 180.
Modelo 180 · Alquileres anuales
El detalle anual de lo declarado en el 115.
El modelo 180 informa de las rentas de determinados alquileres o subalquileres urbanos y sus retenciones. Identifica a los arrendadores y los inmuebles del ejercicio; no es un nuevo ingreso de las retenciones.
¿A quién le corresponde?
- Autónomos que pagan alquileres sujetos a retención mediante el 115.
- Actividades con varios inmuebles o arrendadores que deben detallarse.
- Contratos con cambios durante el año que afecten al resumen.
Una declaración anual.
El plazo general va del 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio. El vencimiento puede desplazarse al siguiente día hábil: confirmamos el calendario vigente. El resumen recoge los alquileres y retenciones del año, sin un nuevo pago que domiciliar.
Lo que necesitamos para prepararlo.
Reunimos la información y te pedimos lo que falte antes de preparar la declaración.
- Contratos de alquiler y facturas de todo el ejercicio.
- NIF y datos fiscales de cada arrendador.
- Dirección y referencia catastral de los inmuebles, cuando corresponda.
- Modelos 115 del año y justificantes de pagos y retenciones.
Tus impuestos, con profesionales detrás.
Confirmamos si debes presentar el 180 y si está incluido en el alcance contratado antes de empezar. Nuestros profesionales comprueban los datos del alquiler y preparan y revisan el resumen. Tú apruebas la versión exacta en la app; Melso lo presenta con la autorización necesaria y entrega el justificante real de la AEAT.
Antes de preparar este modelo.
El 180 es un resumen informativo anual. Detalla las rentas y retenciones del ejercicio; no implica un segundo pago de los importes ya declarados en el 115.
El resumen requiere identificar los inmuebles y las rentas que correspondan. No basta con indicar un único total sin revisar el detalle de cada local y sus datos catastrales.
No se incorpora automáticamente al 180 por ser un alquiler. Comprobamos la obligación de retener y la excepción documentada para determinar qué información debe declararse.
Contrastamos las rentas y las retenciones por arrendador con los pagos, las facturas y los modelos 115 del año. Cualquier diferencia debe revisarse antes de aprobar el resumen.
La información oficial, en la AEAT.
Consulta las instrucciones y el calendario oficial para tu ejercicio y situación.
Prepara tu próximo paso con Melso.
Cuéntanos tu situación y confirmamos el alcance antes de empezar.